Con 54 votos a favor, 49 en contra y 10 abstenciones, se aprueba en lo general y los artículos no reservados del dictamen que reforma la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, para crear el «Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil».
Los datos que serán recabados por el Instituto Federal Telecomunicaciones (IFT) de manera obligatoria a través de este padrón serán los siguientes:
- Nombre del titular de la línea telefónica.
- Número de celular, fecha y hora de la activación de la línea.
- Nacionalidad del usuario.
- Número de identificación oficial con fotografía y Curp.
- Datos biométricos del usuario y su dirección domiciliaria.
- Los datos del concesionario de telecomunicaciones.
- Esquema de contratación de la línea, si es pospago o prepago.
Para el caso de las líneas móviles que se hayan adquirido con anterioridad, los concesionarios tendrán dos años para recabar su información.
Esto a generado críticas, ya que dicen esto vulneran los derechos humanos y los datos personales de los ciudadanos.
