Amiga date cuenta…..
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó con la interpretación del artículo 196 del Código Civil del Distrito Federal (ahora Ciudad de México), que con el principio de igualdad, para evitar discriminación contra las mujeres y violencia económica será una causal de divorcio.
¿Qué significa esto?
Si tu marido no te da gasto o no te ayuda a realizar las labores podrás solicitar el divorcio por esas circunstancias, ya que es una forma de violencia que afecta la capacidad financiera, arrebata el derecho de tomar desiciones en cuanto la economía y los recursos que se obtienen.
Los efectos de una sociedad conyugal también pueden cesar cuando el cónyuge varón se desentienda injustificadamente de aportar tanto económicamente como en las labores del hogar. Se protege el derecho a la igualdad y a una vida libre de violencia.
🔗 https://t.co/JVUutcZGwA pic.twitter.com/WW50YbHQnB— Suprema Corte (@SCJN) August 21, 2019
Con esto se pretende visibilizar los fenómenos de violencia económica o patrimonial que aquejan a la mujer en el seno familiar y que subyugan.